«CONFIRMAN QUE AGUAS DE CATAMARCA NO GARANTIZA LA APTITUD DEL AGUA PARA CONSUMO HUMANO»

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Ese es titulo del comunicado emitido por la oficina de prensa del diputado provincial Alfredo Marchioli.

«En un nuevo capítulo de la denuncia de usuarios por la provisión de agua no apta para consumo que suministra Aguas de Catamarca SAPEM, un informe emitido por la Dirección de Control de Calidad del Ente Regulador de Servicios Públicos (ENRE), pone en evidencia que los análisis realizados en domicilios de B° Inca y Acueducto Norte, no incluyen análisis de  Pseudomonas Aeruginosa, bacteria que es nociva para la salud y, por ende, su presencia en el agua, no es para para consumo humano», indica el escrito.

Añade que: «El informe realizado por el ENRE comprueba que Aguas de Catamarca no analiza esta bacteria y que si bien se tomaron muestras, los análisis no se han realizado por falta de reactivos.»

«Ante requerimientos puntuales, y que por toda esta cuestión mediática respecto de la presencia de esta bacteria en las viviendas alimentadas por el acueducto norte, es que se solicitó a la empresa Aguas de Catamarca para que tome muestras de la zona y que se incluya al acueducto norte inclusive para su análisis microbiológico, y a la fecha se están esperando los resultados de los mismos, la demora obedece a la falta de reactivos para realizar dicho análisis» expresa el escrito de fecha 29 de febrero.

Indica que «con dicha documentación se ratifican los hechos que presentaron los vecinos en el  amparo ante la Corte de Justicia».

Agrega que»teniendo en cuenta que forma parte de las medidas cautelares, se supo que los vecinos acompañados por el diputado Alfredo Marchioli y abogados, presentarán este informe como parte de las pruebas, poniendo de manifiesto que «la empresa no controla ni puede garantizar la aptitud del agua, porque no analiza esta bacteria».

«Cabe recordar que entre las medidas cautelares solicitadas por vecinos y sus letrados se solicita la necesidad de estudios específicos de la presencia de pseudomonas aeruginosa, la provisión de bidones de agua que cumpla con los parámetros de potabilidad, se realicen las obras y tareas necesarias dentro de un plazo breve y razonable, y refacturar el servicio, descontando el consumo de agua de todos los usuarios afectados, atento al incumplimiento de la demanda de las obligaciones establecidas en la Ley Provincial N° 4.963», finaliza el texto.